El campesinado obtuvo un grado de
libertad y autonomía al emigrar a las zonas de repoblamiento desde los valles
del norte. El campesino libre se encomendaba a favor de alguien, aunque no
cercenaba tanto si posibilidad de promoción. El elenco de situaciones de la
encomendación es muy variado, desde la entrega de tierras a cambio de protección
o la recepción en usufructo de las tierras, sin necesidad de ser propietario. Estos
campesinos se encontraban bajo la autoridad gubernativa de un conde o un Iudex.
Los niveles de riqueza o bienes
económicos de los campesinos son variados, aparecen en los documentos de
presura. Se definen los ingenuos por medio de los grupos familiares cuyo régimen
de propiedad no se puede dividir. Eran “dueños” de tierras que entregaban a la
nobleza para obtener protección militar.
La situación de semi servidumbre tiene subdivisiones: los colonos
(Coloni / iuniores / pecheros) podían ostentar la libertad jurídica pero
quedaban sometidos a ciertos pagos o prestaciones de su trabajo sin renumeración,
lo que suponía indirectamente cierta adscripción a la tierra. Los siervos
(Servi, anchilae, pueri) tenían condición jurídica restringida, estaban sujetos
al servicio doméstico, quedaron vinculados a algunos caballeros villanos. Los
Siervos cumplían la función de cultivar una tierra asignada para ello.
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