En los años oscuros de principios del siglo IX, los castillos no eran grandes fortalezas de altos y duros muros, sino simples empalizadas con alguna que otra torre. Estas empalizadas fueron aumentando durante los años venideros, hasta llegar a ser fuertes y altos castillos. Ya en el siglo XI comienzan a ser un lejano espejismo de lo que siglos mas tarde serían.
Los castillos estaban gobernados normalmente por señores aristocráticos, quienes se encargaban de dominar y gobernar sus señoríos o condados. Tanto de los moros invasores del sur, como de otros nobles ambiciosos dentro del propio reino.
Las gentes del pueblo llano, tenían una obligación bajo pena de multa, de cuidar y mantener las fortalezas y sus desperfectos. Esta obligación era llamada en Castilla y Leon como: La Castelaria
Si el fonsado obligaba a los aristócratas y campesinos bajo la corona de un rey a acudir a la guerra bajo su llamada. La castellaria obligaba a las gentes próximas a los castillos, a trabajar en el mantenimiento de la fortaleza. Obligación que se hacía extensible a las poblaciones cercanas al castillo.
Aun así y de igual forma que en determinadas ocasiones era posible librarse del fonsado bajo pago de la fonsadera. Y de al fonsadera y el fonsado por gratitud expresa del rey. De la castellaria también se podía librar una población o individuo concreto. Un documento expresa como las gentes de los Ausines entregaron al conde de Castilla García Fernández una dehesa para así quedar exentos deillo labore de illos castelos. Lo que nos puede dar una idea, que bajo pago de una multa o “regalo”, los condes, curas y reyes, podían hacer la vista gorda ante las obligaciones legales, extendiendo llegado el caso, documentos que eximían a los beneficiados de cumplir la ley. (Imagen Castillo de Argueso - Cantabria - Antiguo condado de Castilla)
Los castillos estaban gobernados normalmente por señores aristocráticos, quienes se encargaban de dominar y gobernar sus señoríos o condados. Tanto de los moros invasores del sur, como de otros nobles ambiciosos dentro del propio reino.
Las gentes del pueblo llano, tenían una obligación bajo pena de multa, de cuidar y mantener las fortalezas y sus desperfectos. Esta obligación era llamada en Castilla y Leon como: La Castelaria
Si el fonsado obligaba a los aristócratas y campesinos bajo la corona de un rey a acudir a la guerra bajo su llamada. La castellaria obligaba a las gentes próximas a los castillos, a trabajar en el mantenimiento de la fortaleza. Obligación que se hacía extensible a las poblaciones cercanas al castillo.
Aun así y de igual forma que en determinadas ocasiones era posible librarse del fonsado bajo pago de la fonsadera. Y de al fonsadera y el fonsado por gratitud expresa del rey. De la castellaria también se podía librar una población o individuo concreto. Un documento expresa como las gentes de los Ausines entregaron al conde de Castilla García Fernández una dehesa para así quedar exentos deillo labore de illos castelos. Lo que nos puede dar una idea, que bajo pago de una multa o “regalo”, los condes, curas y reyes, podían hacer la vista gorda ante las obligaciones legales, extendiendo llegado el caso, documentos que eximían a los beneficiados de cumplir la ley. (Imagen Castillo de Argueso - Cantabria - Antiguo condado de Castilla)
No hay comentarios:
Publicar un comentario